El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contencioso-administrativo contra la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

Placas Solares Híbiidas, para la instalación de nuestras casas de madera Honkamajat Natur, para la venta y construcción de nuestras casas de madera, casas de madera pasivas, casas de madera de diseño, casas de madera bioclimáticas casas de madera a medida
Placas Solares Híbridas

El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contencioso-administrativo contra la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

 

 Esta admisión a trámite se ha producido mediante una resolución del Tribunal del día 20 de enero de 2016 y ha sido publicada en el B.O.E. este lunes 22 de febrero.

 

Dicho recurso se suma a los ya presentados por una veintena de organizaciones y auto-consumidores afectados por la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto que regula el auto-consumo de electricidad, interpuesto el pasado 10 de diciembre de 2015 por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, representada por el despacho profesional Holtrop S.L.P. Transaction and Business Law.

La controvertida y descabellada Normativa establecida por el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con auto-consumo y de producción con auto-consumo, se ha mostrado en todo momento desproporcionada, discriminatoria y arbitraria frente a la promoción del auto-consumo de suministro eléctrico obtenido por medio de energías renovables.

La mencionada normativa establece una serie de peajes, tales como el denominado Impuesto al Sol (peaje de respaldo), que grava el auto-consumo de la energía que se produce a través de sistemas de auto-consumo energético, provocando gran revuelo entre organizaciones de consumidores, consumidores, asociaciones empresariales y grupos ecologistas, que no tardaron en manifestar su descontento y mal estar ante el establecimiento de una política de penalización a la instauración de este sistema de ahorro y eficiencia energética.

La denuncia de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético se suma a otras contra la misma norma presentadas por empresas como Villar Mir Energía o Valoriza Servicios Medioambientales, filial de Sacyr, además de organizaciones como la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA), la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), la Asociación Nacional de Productores de Energías Renovables (ANPIER), Greenpeace, CC.OO., ASGECO, Lasal del Varador, Solares-Solartys, Clúster d’Eficiència Energètica de Catalunya, Josep Puig Boix, Lluís Maria Coll i Ripoll, Andrés Montesinos Campos, Alternativa Verda, Dia de la Terra, Grup de Cientifics i Tecnics per un Futur no Nuclear, Eurosolar, Solar Tradex y Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica.

Esperemos que este recurso llegue a buen puerto y si no, a seguir luchando para que así sea, y llevar el caso si es preciso a los Tribunales Europeos, ya  que es una normativa totalmente injusta, incoherente y desfasada en el tiempo, donde solo se ha tenido en cuenta los intereses “generales” de las compañías eléctricas. Se han restringido las libertades y se ha impuesto un canon por auto abastecimiento de una energía gratuita que es de todos y Universal, que no deben ni tienen que manejar unos pocos para seguir enriqueciéndose a costa de los consumidores y auto-consumidores.

El Sol es un bien Universal y todas las personas de este país y de todo el mundo, deberían y deben de tener el derecho y la libertad, de poder utilizarlo libremente sin restricciones ni cánones, para poder abastecer de energía eléctrica su hogar o negocio, utilizando si lo ven necesario baterías de almacenamiento de energía, para poder estar abastecidos las 24 horas del día los 365 días del año y no tener que depender si así lo desean de los abusivos cánones de las compañías eléctricas.

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El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contencioso-administrativo contra la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

 

 Esta admisión a trámite se ha producido mediante una resolución del Tribunal del día 20 de enero de 2016 y ha sido publicada en el B.O.E. este lunes 22 de febrero.

 

Dicho recurso se suma a los ya presentados por una veintena de organizaciones y auto-consumidores afectados por la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto que regula el auto-consumo de electricidad, interpuesto el pasado 10 de diciembre de 2015 por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, representada por el despacho profesional Holtrop S.L.P. Transaction and Business Law.

La controvertida y descabellada Normativa establecida por el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con auto-consumo y de producción con auto-consumo, se ha mostrado en todo momento desproporcionada, discriminatoria y arbitraria frente a la promoción del auto-consumo de suministro eléctrico obtenido por medio de energías renovables.

La mencionada normativa establece una serie de peajes, tales como el denominado Impuesto al Sol (peaje de respaldo), que grava el auto-consumo de la energía que se produce a través de sistemas de auto-consumo energético, provocando gran revuelo entre organizaciones de consumidores, consumidores, asociaciones empresariales y grupos ecologistas, que no tardaron en manifestar su descontento y mal estar ante el establecimiento de una política de penalización a la instauración de este sistema de ahorro y eficiencia energética.

La denuncia de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético se suma a otras contra la misma norma presentadas por empresas como Villar Mir Energía o Valoriza Servicios Medioambientales, filial de Sacyr, además de organizaciones como la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA), la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), la Asociación Nacional de Productores de Energías Renovables (ANPIER), Greenpeace, CC.OO., ASGECO, Lasal del Varador, Solares-Solartys, Clúster d’Eficiència Energètica de Catalunya, Josep Puig Boix, Lluís Maria Coll i Ripoll, Andrés Montesinos Campos, Alternativa Verda, Dia de la Terra, Grup de Cientifics i Tecnics per un Futur no Nuclear, Eurosolar, Solar Tradex y Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica.

Esperemos que este recurso llegue a buen puerto y si no, a seguir luchando para que así sea, y llevar el caso si es preciso a los Tribunales Europeos, ya  que es una normativa totalmente injusta, incoherente y desfasada en el tiempo, donde solo se ha tenido en cuenta los intereses “generales” de las compañías eléctricas. Se han restringido las libertades y se ha impuesto un canon por auto abastecimiento de una energía gratuita que es de todos y Universal, que no deben ni tienen que manejar unos pocos para seguir enriqueciéndose a costa de los consumidores y auto-consumidores.

El Sol es un bien Universal y todas las personas de este país y de todo el mundo, deberían y deben de tener el derecho y la libertad, de poder utilizarlo libremente sin restricciones ni cánones, para poder abastecer de energía eléctrica su hogar o negocio, utilizando si lo ven necesario baterías de almacenamiento de energía, para poder estar abastecidos las 24 horas del día los 365 días del año y no tener que depender si así lo desean de los abusivos cánones de las compañías eléctricas.

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El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contencioso-administrativo contra la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

 

 Esta admisión a trámite se ha producido mediante una resolución del Tribunal del día 20 de enero de 2016 y ha sido publicada en el B.O.E. este lunes 22 de febrero.

 

Dicho recurso se suma a los ya presentados por una veintena de organizaciones y auto-consumidores afectados por la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto que regula el auto-consumo de electricidad, interpuesto el pasado 10 de diciembre de 2015 por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, representada por el despacho profesional Holtrop S.L.P. Transaction and Business Law.

La controvertida y descabellada Normativa establecida por el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con auto-consumo y de producción con auto-consumo, se ha mostrado en todo momento desproporcionada, discriminatoria y arbitraria frente a la promoción del auto-consumo de suministro eléctrico obtenido por medio de energías renovables.

La mencionada normativa establece una serie de peajes, tales como el denominado Impuesto al Sol (peaje de respaldo), que grava el auto-consumo de la energía que se produce a través de sistemas de auto-consumo energético, provocando gran revuelo entre organizaciones de consumidores, consumidores, asociaciones empresariales y grupos ecologistas, que no tardaron en manifestar su descontento y mal estar ante el establecimiento de una política de penalización a la instauración de este sistema de ahorro y eficiencia energética.

La denuncia de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético se suma a otras contra la misma norma presentadas por empresas como Villar Mir Energía o Valoriza Servicios Medioambientales, filial de Sacyr, además de organizaciones como la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA), la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), la Asociación Nacional de Productores de Energías Renovables (ANPIER), Greenpeace, CC.OO., ASGECO, Lasal del Varador, Solares-Solartys, Clúster d’Eficiència Energètica de Catalunya, Josep Puig Boix, Lluís Maria Coll i Ripoll, Andrés Montesinos Campos, Alternativa Verda, Dia de la Terra, Grup de Cientifics i Tecnics per un Futur no Nuclear, Eurosolar, Solar Tradex y Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica.

Esperemos que este recurso llegue a buen puerto y si no, a seguir luchando para que así sea, y llevar el caso si es preciso a los Tribunales Europeos, ya  que es una normativa totalmente injusta, incoherente y desfasada en el tiempo, donde solo se ha tenido en cuenta los intereses “generales” de las compañías eléctricas. Se han restringido las libertades y se ha impuesto un canon por auto abastecimiento de una energía gratuita que es de todos y Universal, que no deben ni tienen que manejar unos pocos para seguir enriqueciéndose a costa de los consumidores y auto-consumidores.

El Sol es un bien Universal y todas las personas de este país y de todo el mundo, deberían y deben de tener el derecho y la libertad, de poder utilizarlo libremente sin restricciones ni cánones, para poder abastecer de energía eléctrica su hogar o negocio, utilizando si lo ven necesario baterías de almacenamiento de energía, para poder estar abastecidos las 24 horas del día los 365 días del año y no tener que depender si así lo desean de los abusivos cánones de las compañías eléctricas.

Placas Solares Híbiidas, para la instalación de nuestras casas de madera Honkamajat Natur, para la venta y construcción de nuestras casas de madera, casas de madera pasivas, casas de madera de diseño, casas de madera bioclimáticas casas de madera a medida
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El Tribunal Supremo admite a trámite el recurso contencioso-administrativo contra la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

 

 Esta admisión a trámite se ha producido mediante una resolución del Tribunal del día 20 de enero de 2016 y ha sido publicada en el B.O.E. este lunes 22 de febrero.

 

Dicho recurso se suma a los ya presentados por una veintena de organizaciones y auto-consumidores afectados por la Normativa de Auto-consumo vigente (2015).

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto que regula el auto-consumo de electricidad, interpuesto el pasado 10 de diciembre de 2015 por la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético, representada por el despacho profesional Holtrop S.L.P. Transaction and Business Law.

La controvertida y descabellada Normativa establecida por el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con auto-consumo y de producción con auto-consumo, se ha mostrado en todo momento desproporcionada, discriminatoria y arbitraria frente a la promoción del auto-consumo de suministro eléctrico obtenido por medio de energías renovables.

La mencionada normativa establece una serie de peajes, tales como el denominado Impuesto al Sol (peaje de respaldo), que grava el auto-consumo de la energía que se produce a través de sistemas de auto-consumo energético, provocando gran revuelo entre organizaciones de consumidores, consumidores, asociaciones empresariales y grupos ecologistas, que no tardaron en manifestar su descontento y mal estar ante el establecimiento de una política de penalización a la instauración de este sistema de ahorro y eficiencia energética.

La denuncia de la Plataforma por un Nuevo Modelo Energético se suma a otras contra la misma norma presentadas por empresas como Villar Mir Energía o Valoriza Servicios Medioambientales, filial de Sacyr, además de organizaciones como la Asociación de Empresas de Energías Renovables (APPA), la Unión Española Fotovoltaica (UNEF), la Asociación Nacional de Productores de Energías Renovables (ANPIER), Greenpeace, CC.OO., ASGECO, Lasal del Varador, Solares-Solartys, Clúster d’Eficiència Energètica de Catalunya, Josep Puig Boix, Lluís Maria Coll i Ripoll, Andrés Montesinos Campos, Alternativa Verda, Dia de la Terra, Grup de Cientifics i Tecnics per un Futur no Nuclear, Eurosolar, Solar Tradex y Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica.

Esperemos que este recurso llegue a buen puerto y si no, a seguir luchando para que así sea, y llevar el caso si es preciso a los Tribunales Europeos, ya  que es una normativa totalmente injusta, incoherente y desfasada en el tiempo, donde solo se ha tenido en cuenta los intereses “generales” de las compañías eléctricas. Se han restringido las libertades y se ha impuesto un canon por auto abastecimiento de una energía gratuita que es de todos y Universal, que no deben ni tienen que manejar unos pocos para seguir enriqueciéndose a costa de los consumidores y auto-consumidores.

El Sol es un bien Universal y todas las personas de este país y de todo el mundo, deberían y deben de tener el derecho y la libertad, de poder utilizarlo libremente sin restricciones ni cánones, para poder abastecer de energía eléctrica su hogar o negocio, utilizando si lo ven necesario baterías de almacenamiento de energía, para poder estar abastecidos las 24 horas del día los 365 días del año y no tener que depender si así lo desean de los abusivos cánones de las compañías eléctricas.

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